EL INFRASEGURO DENTRO DE LAS PÓLIZAS DE HOGAR
¿ A QUE LLAMAMOS INFRASEGURO?
Hoy en día, según la normativa vigente, no existe ningún reglamento que obligue a tener un seguro para nuestras casas, salvo en el caso de existir una hipoteca para la vivienda asegurada donde la ley si obliga al menos a contar con un seguro de incendios. En España, uno de cada tres hogares no tiene el respaldo de ninguna aseguradora ante cualquier siniestro o problema acaecido ya sea en su casa o con sus propios vecinos.
Estamos expuestos a continuos destrozos diarios por lo que es muy conveniente asegurar nuestra vivienda, así como los bienes que tenemos dentro de la misma. Todo ello se envuelve en dos conceptos básicos:
- El contenido donde se incluye todo lo que el propietario (o inquilino) tiene dentro de la vivienda: mobiliario (cocina, baños…), televisiones, ordenadores, electrodomésticos, joyas, enseres personales…
- El continente lo que viene a ser la propia casa: suelos, techos, paredes, armarios empotrados, saneamientos, trasteros…
El infraseguro se produce cuando la persona asegurada asigna un valor a su inmueble dentro de la póliza que está por debajo de su valor real. Es decir, si por ejemplo un piso está valorado en 150.000 euros y se asegura por una cantidad inferior al valor que tiene realmente, a la hora de indemnizar algún siniestro, irá en proporción a la cantidad que conste en póliza, en este caso, por debajo de la que debería ser realmente.
Aunque a veces se tiende a mirar nada más que el precio de los seguros, conviene además mirar las coberturas y tener las cosas en regla, además de valorar nuestro hogar y sus bienes de forma sensata y razonable, para evitar este tipo de infraseguro que a la hora de indemnizaciones pueden provocar muchos disgustos. Siempre ante cualquier tipo de duda, conviene leer bien los contratos y asesorarnos preguntando a nuestra aseguradora o a sus agentes para no caer en el desconocimiento de lo que estamos contratando.