La abundancia de percances ocasionados por las intensas y fuertes lluvias, temporales de viento y nieve que hemos padecido este invierno han generado muchas consultas y dudas sobre las coberturas de los seguros de hogar o comunidades.
Aunque siempre hay que estudiar cada caso en particular y suele ser un perito quien visita el riesgo y valora la posible cobertura de los daños y el valor de los mismos, se pueden resumir a grandes rasgos que los más habituales según su origen son: los causados por fugas de conducciones de la vivienda o los que tienen un origen atmosférico.
- En daños por agua debido a conducciones propias o de terceros, hay que hacer constar para su aplicación que siempre se tiene que generar un daño o en el continente o en el contenido, propio o ajeno. Si no existe tal daño por pequeño que sea no se contemplaría tal siniestro. El envío de profesionales fontaneros, albañiles, pintores, etc. puede ser llevado a cabo por la misma Compañía aseguradora o si el cliente lo prefiere por profesionales particulares a los que él encargue el trabajo, siempre que haya sido aceptado en su visita por el perito.
- Cuando el daño es ocasionado por fenómenos atmosféricos, las aseguradoras suelen incluir un límite en las mismas por lluvia o viento (termino medio 96km/h en viento y en lluvia 40 l/m2/ hora), no aplicando ningún límite en el caso de nevada o granizada. En este tipo de daños quedarían excluidos los imputables a falta de mantenimiento o a defectos de construcción de la vivienda.
- Cuando la magnitud del viento o de la lluvia supera la cobertura de la póliza, se suele aplicar la cobertura de riesgos extraordinarios, siendo el consorcio de compensación de seguros el que la gestiona y atiende tales daños, siempre y cuando exista póliza en vigor, y el recibo este al corriente de pago ya que parte de la prima del seguro de hogar particular va destinada a este Organismo.
